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Financiamiento y cambio climático

El sistema financiero internacional y el cambio climático; oportunidades para los bancos de desarrollo


En el documento «El papel central del financiamiento en el Acuerdo de París y las oportunidades para los bancos nacionales de desarrollo», del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), divulgado por ALIDE como aliado estratégico del BID, se analiza el papel decisivo que ha tenido el financiamiento en la construcción de los consensos que condujeron al Acuerdo de París, compromiso adoptado por 195 países el 12 de diciembre de 2015, como resultado de la Conferencia de las Partes (COP21). El documento puede verse en su versión completa en www.alide.org


El Acuerdo de París pone en marcha un proceso de transformación e innovación en la economía mundial para mitigar el cambio climático y atenuar sus impactos. Las instituciones financieras, en particular los bancos nacionales de desarrollo, tendrán un papel crucial en la implementación del Acuerdo haciendo posible que los países cumplan con sus contribuciones nacionales mediante sus planes de inversión, se beneficien de las oportunidades que las transformaciones económicas crean, accedan al financiamiento climático para la adaptación y la mitigación, y reduzcan los peligros climáticos, sobre todo aquellos asociados a los riesgos emergentes de activos abandonados por la sustitución plena de los combustibles fósiles en los sistemas energéticos mundiales.

EL PAPEL DEL FINANCIAMIENTO CLIMÁTICO

El financiamiento ha sido esencial con miras a lograr el consenso necesario para poder adoptar el Acuerdo de París, pues los países en desarrollo han entendido que es preciso asegurar la provisión de recursos financieros que estén en línea con sus necesidades, lo que constituye la contraparte imprescindible de los esfuerzos, en particular de los de mitigación, que deban realizar.

En materia de financiamiento para mitigar los efectos del cambio climático, el Acuerdo encuadra explícitamente las obligaciones de los países en materia climática e incluye tres elementos clave:

En lo institucional. El Fondo Verde para el Clima (GCF, por sus siglas en inglés) y el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF, por sus siglas en inglés), entidades encargadas del funcionamiento del mecanismo financiero de la Conferencia de las Partes, servirán también como mecanismos financieros del Acuerdo y, por tanto, tendrán la responsabilidad de asignar los recursos financieros incrementales que se canalicen para financiamiento climático a partir de la entrada en vigor del Acuerdo.

Financiamiento público. Este tiene un rol crítico, en especial en las acciones destinadas a mejorar la resiliencia y la adaptación, que también permita apalancar y movilizar recursos de otras fuentes, sobre todo, fondos del sector privado. Por eso es importante que el Acuerdo haya dejado establecido que «en el suministro de un mayor nivel de recursos financieros se debería buscar un equilibrio entre la adaptación y la mitigación» (Art. 9.4 AP) y que «las Partes que son países desarrollados deberán comunicar bienalmente los niveles proyectados de recursos financieros públicos que se suministrarán a las Partes que son países en desarrollo, cuando se conozcan.» (Art. 9.5 AP), con tendencia a asegurar una mayor predictibilidad de los recursos financieros disponibles.

Metas colectivas de financiamiento. En las decisiones se emite una señal muy fuerte en esta materia, pues se indica la necesidad de expandir el apoyo financiero para asegurar la transición hacia economías bajas en carbono y resilientes al clima. Además, en el futuro la COP podrá establecer metas de contribuciones financieras para las Partes, específicamente para los países desarrollados; una atribución a la que estos, en general, se habían opuesto. El Acuerdo establece que se «decide también que los países desarrollados tienen la intención de mantener su actual objetivo colectivo cuantificado de movilización hasta 2025. Antesde ese año, la COP, en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París, establecerá un nuevo objetivo colectivo cuantificado que será como mínimo de US$100.000 millones anuales, teniendo en cuenta las necesidades y prioridades de los países en desarrollo».

El Acuerdo, en su artículo 2.1.c, expresa además un propósito innovador que consiste en alinear los flujos financieros con un desarrollo global bajo en carbono. Establece que es preciso «elevar las corrientes financieras a un nivel compatible con una trayectoria que conduzca a un desarrollo resiliente al clima y con bajas emisiones de gases de efecto invernadero», con lo que reconoce una vez más el papel central del financiamiento en la modificación de la trayectoria global de emisiones y se difunde, al mismo tiempo, una señal poderosa a los gobiernos, las instituciones financieras públicas y privadas y, en general, a los agentes económicos para repensar de inmediato los criterios que sustenten la toma de decisiones en materia de inversión.

Asimismo, en las decisiones para hacer efectivo el Acuerdo se reconoce la importancia de los recursos financieros adecuados y previsibles, incluidos los pagos basados en resultados, según proceda, para la aplicación de enfoques de política e incentivos positivos destinados a reducir las emisiones ocasionadas por la deforestación y la degradación forestal, y a promover la función de la conservación, la gestión sostenible de los bosques y el aumento de las reservas forestales de carbono (REDD+). Este es otro tema muy importante para América Latina y el Caribe, donde la tensión entre la seguridad alimentaria y la necesidad de la producción para la exportación de bienes agrícolas versus el impulso a los procesos de deforestación que aquellas implican, debería encontrar mecanismos de abordaje que la introducción de los pagos basados en resultados, en el marco de las acciones de REDD+, pueda contribuir a resolver.

Un rasgo central del Acuerdo es, en rigor, que su valor último se asienta en la calidad de su implementación y allí el financiamiento climático juega un papel crucial. Las disposiciones contenidas en él acelerarán y ampliarán la disponibilidad de recursos financieros para la acción climática, en un contexto en el que se ya registran múltiples iniciativas para expandir la magnitud y alcance del financiamiento.

De esta manera, las grandes instituciones bancarias se han comprometido a aumentar la escala de su financiamiento y de las inversiones en energías renovables, transporte y agricultura de baja intensidad de emisiones, infraestructura resiliente, tecnologías innovadoras, y han aumentado, en gran medida, las emisiones de bonos verdes y el desarrollo de nuevos instrumentos financieros para reducir el perfil de riesgo de las inversiones.

Algunas estimaciones indican, por ejemplo, que el financiamiento público internacional con origen en los países desarrollados podría elevarse hasta unos US$ 18,8 mil millones anuales hacia 2020.

El Acuerdo, entonces, deberá dar un impulso irreversible a los procesos destinados a convertir los flujos de inversiones actuales en inversiones verdes y reducir el financiamiento, todavía disponible, con destino a inversiones intensivas en carbono.

Esto último ya está empezando a suceder cada vez con mayor fuerza, como muestran las decisiones de la denominada «Portfolio Descarbonisation Coalition», cuyos miembros administran US$ 600 mil millones en activos destinados a desinvertir en activos de alta intensidad de carbono, así como las de unas 500 instituciones comprometidas en la Campaña para la Desinversión en Combustibles Fósiles, que suman alrededor de US$ 3,4 billones en activos.

En ese mismo sentido, el Portal de Acción Climática NAZCA (Non- State Actor Zone for Climate Action – NAZCA), lanzado durante la COP20 en Lima, Perú, registra los compromisos de respuesta climática de los actores no estatales: empresas, ciudades, regiones e inversores.

Como resultado de estas acciones, en París se ha puesto en marcha un esfuerzo colectivo internacional que debe conducir a la descarbonización de la economía mundial en el largo plazo. En la práctica, el Acuerdo va a ordenar la transición inicial hacia una economía baja en carbono. Al dar sentido y dirección al proceso de transformación que se despliega, los actores económicos percibirán con mayor claridad la importancia de ser parte de la transformación, en vez de quedar anclados en la economía del siglo XX, que se sostiene primariamente en el consumo desmesurado de combustibles fósiles.

EL SISTEMA FINANCIERO INTERNACIONAL Y EL CAMBIO CLIMÁTICO

El sistema financiero internacional ha empezado a considerar el cambio climático como una de las cuestiones centrales para su futuro. Para las instituciones bancarias, el Acuerdo hace necesario reevaluar las carteras de préstamos, desarrollar estrategias para hacer frente al cambio climático, evaluar los riesgos ambientales para todos los activos cuyas subvenciones están dispuestas a invertir, monitorear las emisiones de gases de efecto invernadero que resultan de sus operaciones bancarias, y reconocer e internalizar la dimensión climática como una de las nuevas condiciones en las que se desarrollan hoy los negocios crediticios.

Desde la perspectiva de los inversores —y de aquí en adelante— será razonable que pregunten a las empresas cuál es su estrategia para alcanzar un nivel de emisiones netas igual a cero en el futuro. Dicho enfoque estimulará el desplazamiento del capital desde las inversiones de alto riesgo fósil, no sostenibles, hacia inversiones que contemplen el riesgo climático. También permitirá que los capitalistas se beneficien con las oportunidades que se generan con la transición hacia senderos de desarrollo bajos en carbono.

EL PAPEL DE LOS BANCOS NACIONALES DE DESARROLLO

Los bancos nacionales de desarrollo tendrían en esta materia una doble responsabilidad. Por una parte, contribuirían a facilitar los esfuerzos de reducción de emisiones al impulsar la inversión en sectores, antes de riesgo más elevado, y que hoy, con el Acuerdo de París, empiezan a ser centrales para el desarrollo nacional dirigido a una economía carbono neutral, por ejemplo: eficiencia energética, energías renovables no convencionales, agricultura inteligente, innovación en infraestructura y en modalidades de desarrollo urbano, nuevos modos de transporte, innovación en los procesos, tecnologías para el almacenamiento de combustibles, etcétera.

Este proceso de asignación de recursos a sectores y actividades transformadoras, con la participación creciente de los bancos comerciales nacionales, deberá ir acompañada del escrutinio cuidadoso del riesgo climático inherente en las nuevas inversiones, en el que los bancos nacionales de desarrollo desempeñan un papel clave explorando no solo la naturaleza de los riesgos, sino también las posibles sinergias entre mitigación y adaptación, desarrollando y aplicando metodologías para el tratamiento del riesgo en los procesos de evaluación y creando nuevos instrumentos financieros para disminuir riesgos en los préstamos que se concedan.

Asimismo, dado que el Acuerdo de París pone énfasis en garantizar recursos de financiamiento climático para la implementación futura de las contribuciones determinadas a nivel nacional, y siendo este instrumento un vehículo central en el cumplimiento de los compromisos que los países asumieron en París, los bancos nacionales de desarrollo también deberían cumplir un papel clave en estimular y facilitar el acceso al crédito climático, y en la asignación combinada de esos recursos —y de otros de diferente origen— en el marco de un proceso amplio de transformación e innovación que requiere la participación plena de todos los actores sociales y económicos.

LAS CONTRIBUCIONES PREVISTAS A NIVEL NACIONAL

En efecto, 31 países de Latinoamérica y el Caribe presentaron, antes o durante la COP21, sus contribuciones previstas y determinadas a nivel nacional para que fueran consideradas en el Acuerdo de París, de modo que para cumplir con esas aportaciones deberán ejecutar acciones de mitigación, a la vez que casi todos los países de la región también especifican acciones de adaptación en sus INDC. Para ello será necesario acceder a recursos de financiamiento climático, movilizar líneas de inversión del sistema financiero nacional, incluyendo a la banca comercial, y canalizar créditos que impliquen frecuentemente la adopción de nuevas tecnologías y procesos, e incluso contemplen la incursión en nuevos sectores de negocios y actividades económicas.

EL RENACIMIENTO DE LOS MECANISMOS DE MERCADO

Cabe destacar que el Acuerdo también destina un artículo completo al tratamiento de los denominados enfoques cooperativos de participación voluntaria, donde se establece un mecanismo para promover la mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero y apoyar el desarrollo sostenible. Se trata del artículo 6, que contiene varios conceptos: enfoques cooperativos, transferencia de los resultados de la mitigación, mecanismo para contribuir a la mitigación y al desarrollo sostenible, y un marco para abordajes no basados en el mercado.

En esencia, se instaura un nuevo mecanismo de crédito basado en la cooperación voluntaria que prevé la posibilidad de transferir los resultados de la mitigación, y va más allá, por lo que requerirá esfuerzos de elaboración de detalles técnicos a partir de ahora.